Pasar del salario bruto al neto, o al revés, es imprescindible para negociar una oferta de empleo, preparar un presupuesto de contratación o entender la nómina. Esta calculadora descuenta las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo del trabajador y la retención de IRPF calculada con el procedimiento general de la AEAT para 2026, y permite también partir del neto deseado para obtener el bruto necesario.
Diferencia entre salario bruto y salario neto
El salario bruto es la retribución total pactada con la empresa antes de cualquier descuento. Es la cifra que figura en el contrato y en las ofertas de empleo, normalmente expresada en términos anuales. El salario neto es lo que efectivamente se ingresa en la cuenta del trabajador después de restar las cotizaciones sociales y la retención a cuenta del IRPF.
La distancia entre ambas cifras crece con el sueldo, porque el IRPF es un impuesto progresivo. Por eso dos subidas salariales del mismo importe bruto pueden traducirse en incrementos netos distintos según el nivel de ingresos del que se parta.
Cómo calcula el neto esta herramienta
La calculadora aplica sobre el bruto anual dos bloques de descuentos, con el supuesto de un contribuyente soltero, sin hijos ni ascendientes a cargo, menor de 65 años y sin discapacidad:
El neto anual se reparte entre las pagas que elijas. Con 12 pagas, cada nómina recoge la parte proporcional de las extras; con 14, las mensualidades ordinarias son menores y se añaden dos pagas extra que solo llevan retención de IRPF, porque la cotización por ellas ya se prorratea en las doce nóminas mensuales. El neto anual es el mismo en ambos casos.
En el modo inverso, de neto a bruto, la herramienta busca por aproximaciones sucesivas el salario bruto que, tras aplicar los mismos descuentos, da como resultado el neto introducido. Es útil para saber qué cifra bruta pedir en una negociación.
- Cotizaciones del trabajador a la Seguridad Social: 4,70 % por contingencias comunes, 1,55 % por desempleo en contratos indefinidos (1,60 % en temporales), 0,10 % por formación profesional y 0,15 % por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) en 2026. En total, un 6,50 % del salario en un contrato indefinido, calculado sobre la base de cotización con el tope de la base máxima (5.101,20 euros al mes) y, por encima de ella, la cotización adicional de solidaridad.
- Retención de IRPF: al salario se le restan las cotizaciones a la Seguridad Social, los 2.000 euros de otros gastos y, en los sueldos más bajos, la reducción por rendimientos del trabajo del artículo 20 de la Ley del IRPF; sobre esa base se aplica la escala de retención (19 %, 24 %, 30 %, 37 %, 45 % y 47 %) y se descuenta la cuota correspondiente al mínimo personal de 5.550 euros. También se tiene en cuenta el límite por debajo del cual no procede retener.
Ejemplo práctico: 30.000 euros brutos anuales
Con un salario bruto de 30.000 euros y contrato indefinido, las cotizaciones del trabajador ascienden a 1.950 euros (6,50 %). Para el IRPF, la base parte de 26.050 euros, tras restar esas cotizaciones y los 2.000 euros de otros gastos; a este nivel de sueldo ya no se aplica la reducción del artículo 20. Aplicando la escala de retención, la cuota es de 5.980,50 euros, a la que se resta la cuota del mínimo personal (5.550 × 19 % = 1.054,50 euros). La retención queda en el 16,42 %, 4.926 euros al año.
El salario neto anual resultante es de 23.124 euros: 1.927 euros al mes en 12 pagas o, en 14 pagas, 1.628,50 euros en cada nómina ordinaria y 1.791 euros en cada paga extra.
Se trata de la retención en nómina, no del impuesto definitivo. En la declaración de la renta se aplica la escala estatal y la de tu comunidad, además de las deducciones que correspondan, por lo que el resultado final puede salir a pagar o a devolver.
Normativa y factores que cambian el resultado en 2026
La retención definitiva la calcula la empresa siguiendo el procedimiento del Reglamento del IRPF y con los datos que el trabajador le comunica mediante el modelo 145. Los factores que más modifican el neto son los siguientes:
- Situación familiar: los hijos menores de 25 años, los ascendientes a cargo o la discapacidad aumentan el mínimo exento y reducen la retención.
- Reducción por obtención de rendimientos del trabajo: los salarios más bajos disfrutan de una reducción adicional que puede dejar la retención en cero.
- Comunidad autónoma de residencia: la escala de retenciones es común en toda España, pero la mitad del impuesto es autonómica. La Comunidad de Madrid aplica tipos inferiores a la media, lo que se refleja al presentar la declaración de la renta.
- Tipo de contrato: en los contratos temporales la cotización por desempleo del trabajador es del 1,60 % en lugar del 1,55 %; la calculadora permite elegir entre ambos.
- Base máxima de cotización: por encima de ella no se cotiza por el exceso con los tipos ordinarios, aunque existe una cotización adicional de solidaridad que se reparte entre empresa y trabajador. La calculadora aplica ese tope y la parte de solidaridad a cargo del trabajador.
- Retribuciones en especie, horas extraordinarias o planes de retribución flexible, que alteran tanto la cotización como el IRPF.
Errores habituales al interpretar el sueldo
Muchas dudas sobre la nómina nacen de ideas extendidas pero inexactas. Conviene tener presentes estas precisiones:
- Comparar ofertas por el neto mensual sin fijarse en el número de pagas: 14 pagas de menor importe pueden equivaler a 12 más altas.
- Pensar que la retención es el impuesto definitivo. Es un pago a cuenta que se ajusta en la declaración de la renta, que puede salir a pagar o a devolver.
- Olvidar que una subida salarial no llega íntegra al neto, porque la parte que se añade tributa al tipo marginal.
- Creer que pasar a un tramo superior hace perder dinero. La escala es progresiva y el tipo más alto solo se aplica a la parte del salario que supera cada umbral.
- No actualizar el modelo 145 tras un cambio familiar, lo que provoca retenciones mayores o menores de las que corresponden.